🛡️
PrivacyCheckby SWELL
Diagnosticar →
Actualidad legislativa

¿Se posterga la Ley 21.719? Qué se sabe hasta ahora y qué hacer mientras tanto

El Gobierno confirmó que evalúa modificar la entrada en vigencia de la ley porque aún no logra constituir la Agencia que debe fiscalizarla. Esto es lo que está sobre la mesa, lo que todavía no está decidido, y por qué la distinción entre "postergar la Agencia" y "postergar la ley" cambia por completo lo que tu empresa debería hacer.

8 min de lecturaActualizado 26 de agosto de 2026
Estado al 26 de agosto de 2026: el Ejecutivo está en conversaciones con parlamentarios para postergar en un año la entrada en vigencia de la ley, del 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027. Es la propuesta que se está negociando, no todavía un hecho: el anuncio oficial se esperaba para la semana siguiente a esta actualización, y cualquier cambio de fecha requiere tramitación legislativa y publicación en el Diario Oficial. Mientras eso no ocurra, la fecha vigente sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Actualizaremos esta página cuando haya definición.

El 4 de agosto, el biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, confirmó públicamente que el Ejecutivo está evaluando modificar la entrada en vigencia de la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales. El motivo declarado no es un problema con el contenido de la ley, sino uno bastante más prosaico: no han logrado constituir el Consejo Directivo de la Agencia que debe fiscalizarla.

Qué pasó exactamente

La secuencia de hechos es la siguiente:

En otras palabras: la ley existe, está publicada y su contenido no está en discusión. Lo que falla es la instalación del organismo encargado de hacerla cumplir.

La distinción clave: postergar la Agencia no es postergar la ley

Este es el punto que la mayoría de las coberturas está pasando por alto, y es el que determina qué debería hacer tu empresa. El propio Gobierno reconoció que tiene dos caminos posibles, y son muy distintos entre sí:

EscenarioQué significaQué implica para tu empresa
Postergar toda la ley Las obligaciones sustantivas no entran en vigor en la fecha original. Se corre el plazo completo. Ganas tiempo real de preparación. Sigue rigiendo la Ley 19.628 actual.
Postergar solo la Agencia La ley entra en vigor con todas sus obligaciones, pero sin el organismo fiscalizador plenamente constituido. Las obligaciones te aplican igual. Cambia quién y cuándo fiscaliza, no si debes cumplir.

La diferencia no es menor. En el segundo escenario, una empresa que asuma "se postergó, no tengo que hacer nada" estaría equivocándose: los derechos de los titulares seguirían siendo exigibles y la responsabilidad civil frente a un afectado no depende de que exista una Agencia constituida.

Lo que no cambia en ningún escenario

La Ley 19.628 está vigente hoy y lo seguirá estando hasta que la 21.719 la reemplace. Tratar datos personales sin base legal, enviar comunicaciones comerciales sin consentimiento o cargar píxeles de terceros sin informar al usuario no son prácticas que estén permitidas hoy y dejen de serlo en diciembre: ya son problemáticas bajo el marco actual.

La propuesta concreta: un año más, hasta diciembre de 2027

El 26 de agosto, La Tercera reveló el contorno más específico que ha tomado la negociación hasta ahora: el Ejecutivo conversa con parlamentarios oficialistas y opositores para postergar en un año completo la entrada en vigencia de la ley, moviendo la fecha del 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027. La idea que maneja el Gobierno es que la Agencia de Protección de Datos Personales (APDP) comience a operar el 1 de diciembre de 2026 como estaba previsto —o lo más cerca posible de esa fecha— y que recién un año después empiecen a regir las obligaciones sustantivas de la ley para las empresas.

El biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, lo confirmó el lunes: "Es una ley que es bien importante (…) Si necesitamos más tiempo para implementarlo, lo estamos conversando con los parlamentarios y en los próximos días vamos a tener noticias al respecto." Según la reconstrucción de La Tercera, el anuncio oficial de la fórmula definitiva se esperaba para los días siguientes a esa declaración.

Dos matices importantes que entrega este nuevo antecedente:

No todos los actores políticos ven la postergación con buenos ojos. El senador Matías Walker (Demócratas), quien participó en la tramitación de la ley, planteó una posición crítica: sería "muy negativo" postergar la entrada en vigencia por un problema de capacidad del propio poder político para constituir la Agencia a tiempo. Del otro lado, gremios de grandes empresas han argumentado que la falta de una Agencia operativa genera incertidumbre jurídica sobre cómo se fiscalizará la ley desde el primer día.

Vale mencionar el contexto de las sanciones que están en juego mientras se resuelve esto: las multas de la Ley 21.719 van desde 5.000 UTM (cerca de $358 millones) hasta 20.000 UTM (cerca de $1.400 millones), y pueden triplicarse o llegar hasta el 4% de los ingresos anuales por ventas y servicios de la empresa infractora en casos de reincidencia o agravantes. Es el mismo nivel de exposición, se postergue o no la fecha.

Por qué esto importa más de lo que parece

Para los equipos de marketing hay una tentación evidente: si se posterga, se despriorizan los proyectos de adecuación y se reasignan los presupuestos. Es una reacción comprensible, pero hay tres razones para no tomarla a la ligera.

1. La adecuación no se resuelve en un mes

Ordenar el consentimiento en un sitio, documentar las bases de licitud de un CRM con años de acumulación, revisar contratos con proveedores MarTech y levantar un Registro de Actividades de Tratamiento son trabajos que toman meses de coordinación entre marketing, TI y legal. Una postergación de seis meses no es holgura: es aproximadamente el tiempo que toma hacerlo bien.

2. Las prácticas riesgosas siguen siendo riesgosas

Los problemas más comunes que detectamos en diagnósticos —píxeles que cargan antes del consentimiento, bases de email de origen indocumentado, formularios sin finalidad declarada— generan exposición hoy, no solo a partir de una fecha futura.

3. Postergar por un problema de instalación no es señal de que la ley se ablandará

El motivo declarado es la dificultad para nombrar consejeros, no una revisión de fondo de las obligaciones. Nada en lo informado sugiere que el estándar de exigencia vaya a bajar; lo que se discute es cuándo empieza a aplicarse y quién lo fiscaliza.

Qué hacer mientras se define

Nuestra recomendación para equipos de marketing digital, independiente del desenlace:

Cómo seguir esto

Al 26 de agosto, la fórmula de "un año más, hasta el 1 de diciembre de 2027" es la que está sobre la mesa en las conversaciones del Ejecutivo con el Congreso, pero todavía no es un hecho consumado: falta el anuncio formal, la presentación del proyecto de modificación y su tramitación legislativa completa, con publicación en el Diario Oficial. Mientras eso no ocurra, la fecha de referencia sigue siendo la original.

Actualizaremos esta página cuando haya una definición formal. Si prefieres que te avisemos, puedes escribirnos y te incluimos en el aviso.

Mientras tanto, sabe dónde estás parado

La fecha puede moverse; tu nivel de exposición actual, no. Nuestro diagnóstico evalúa tu ecosistema de marketing digital —sitio, formularios, plataformas de ads, CRM, email y proveedores— y te entrega un score de riesgo y un plan de acción priorizado en cinco minutos, sin costo.

¿Cuál es tu exposición real hoy?

Con o sin postergación, el diagnóstico te muestra qué corregir primero en tu ecosistema de marketing.

Iniciar diagnóstico sin costo →